La nueva ordenanza prevé multas de hasta $190.000 por dañar caminos rurales

La nueva ordenanza prevé multas de  hasta $190.000 por dañar caminos rurales

No es tarea sencilla la emprendida por el Gobierno municipal la de poder recuperar y mejorar así las condiciones de transitabilidad de la red vial rural, por donde sale la producción agropecuaria.

Es por eso que junto con las tareas que se realizan, el Departamento Ejecutivo impulsó un proyecto de ordenanza para reformar el artículo 185 del Código Contravencional para aplicar severas multas a aquellos que dañen esas vías de circulación durante y/o después de cada lluvia.

Para el concejal Leandro Spinelli (Frente Cambiemos), quien está involucrado en el abordaje de esta temática, la ordenanza aprobada constituye "un gran paso hacia la conservación de la red vial del Partido. Se pone de manifiesto así la firme decisión política de avanzar en aquellas cuestiones en las que estábamos adormecidos como sociedad y que claramente están vinculadas y orientadas a comenzar a tener presencia como Estado en aspectos neurálgicos y centrales. En este caso, se trata de determinar un marco regulatorio orientado a establecer las multas y sanciones a aquellos que no protejan y dañen nuestros caminos rurales".

Más allá de la preocupación evidenciada por el Gobierno, esta iniciativa también surgió como una necesidad del propio sector de conservar los caminos rurales pero también, reconoció Spinelli, "como paso posterior al importante proceso de recuperación de los mismos que ha logrado llevar adelante esta gestión a través de la optimización de los recursos municipales y, fundamentalmente, de la planificación de las tareas realizadas por la Subsecretaría de Obras Viales rurales a cargo de Rubén Luna, quien con compromiso y profesionalidad digna de destacar está logrado avanzar en las obras planificadas, dando así respuestas a demandas históricas en el sector. Lo acompañan en la tarea los empleados municipales afectados a ese fin".

Este avance en materia jurídica le permite al Municipio contar con herramientas legales para asegurar la conservación de los caminos rurales.

LAS MULTAS

El Código Contravencional ahora fija el equivalente a un mínimo de 5 módulos y un máximo de 20ª a quien dañe los caminos rurales durante y/o después de cada lluvia, hasta que los mismos se encuentren suficientemente aireados. En números, reveló Spinelli, representan desde $ 4.750 a $ 190.000, de acuerdo al daño que se cause. En caso de reincidencia, se duplicará el monto mínimo de la penalidad como también "queda establecido en la mencionada norma la responsabilidad solidaria entre el titular de la mercadería transportada y el transportista, quedando exceptuados de toda responsabilidad los choferes, al considerar la relación de dependencia de estos con respecto al transportista", señaló.

Los organismos de control, de acuerdo a lo establecido, son Patrulla Rural y la Guardia Urbana, cuyos integrantes los días de lluvia intensificarán los operativos.

Aclaró luego Spinelli que según el artículo 185 bis, quedan exceptuados de la prohibición prevista en la norma las ambulancias, el transporte de la producción láctea, el servicio de atención de emergencias de las redes del tendido eléctrico, el transporte escolar y todos aquellos vehículos particulares que en virtud de la urgencia y/o necesidad requiera el paso.