Ante la proximidad de las fiestas resurgen las dudas y la polémica sobre el uso de pirotecnia
Faltan pocos días para la celebración de la Navidad y el comienzo de un nuevo año y resurgen las dudas y la polémica sobre el uso de pirotecnia.
Se reabre la «grieta» entre los que gustan del ruido y toda la parafernalia pirotécnica y quienes la rechazan de plano, de manera especial a los elementos sonoros fundamentando su rechazo en el daño que las explosiones producen a personas con autismo y a las mascotas.
Una franja, en tanto, se mantiene indiferente.
El tema acarrea fuertes debates y cuestionamientos que llevaron a prolongados tratamientos en el Concejo Deliberante, que incluso ante la iniciativa de prohibir totalmente el uso de dichos elementos recibió la presión de las empresas fabricantes que, esgrimiendo leyes nacionales que regulan la actividad, echó por tierra esas intenciones.
Para quedar bien parados ante la comunidad y no afectar los bolsillos de los fabricantes surgió entonces, en octubre de 2017 una legislación que es la que está vigente y debe ( o al menos debería) ser respetada.
La misma prohíbe el uso de pirotecnia audible en espacios públicos de la ciudad, aunque no prohíbe la venta y comercialización de esos productos.
«Es hasta donde la ley nos permite llegar. Legalmente no podemos prohibir la venta de artículos pirotécnicos, pero sí el uso en la vía pública a los fines preventivos.», deslizaron los legisladores tras aprobar la Ordenanza que puntualmente «prohíbe la utilización de elementos pirotécnicos de efecto audible, sean éstos aéreos, voladores o de piso, calificados de venta libre o no por la Ley Nacional 20429» destacando que «los locales podrán vender pirotecnia cumpliendo con la ley vigente y a su vez deberán tener estampando en su entrada el número de ordenanza y la leyenda de prohibición de su uso».
La medida se extiende a zonas rurales, serranas, reservas naturales, Villa Laguna Brava, y las localidades de Los Pinos, San Agustín y Napaleofú.
«..Asimismo, se indicó en su momento que se pondría énfasis en hacer cumplir los requisitos para la habilitación municipal de locales de almacenamiento o venta de artículos de pirotecnia, exigiendo cumplir con todos los requisitos de la Ley Nacional 20.429 y las disposiciones del ANMaC, poseer plano del local, permiso o autorización expedida por la Dirección de Bomberos de la Provincia de Buenos Aires conjuntamente con la aprobación de un plan antisiniestral. También seguro que cubra accidentes dentro del local tanto de empleados como de concurrentes y la asunción de responsabilidad solidaria por parte del propietario del local.
De hecho, desde entonces , el año pasado y ahora, se nota un muy fuerte caída en la cantidad de comercios dedicados a la venta de esos elemento.
En cuanto al uso, si bien ha habido una merma, quizás más influenciada por cuestiones de «pesos» que por la toma de conciencia, no ha sido significativa como muchos esperaban. Queda aguardar lo que suceda en la próxima Nochebuena y a la hora de dar la bienvenida al 2019.