En emergencia sanitaria y social
Concejales de los bloques del oficialismo y la oposición acompañaron con su voto el contenido del Decreto por el cual la Municipalidad adhiere a la "declaración de emergencia social, económica, productiva y energética dictada por el gobierno de la provincia de Buenos Aires a través de la Ley 15165 y las acciones que se van desarrollando, a raíz del avance de la pandemia del coronavirus (COVID - 19), y también a la declaración de emergencia sanitaria en el partido de Balcarce por el lapso de ciento ochenta días prorrogables y a sus normas derivadas".
El secretario de Gobierno, Ricardo Stoppani, se reunió ayer por la mañana con ediles y obtuvo el consenso para su inmediato tratamiento y aprobación., lo cual ocurrió en horas del atardecer.
QUÉ DICE EL DECRETO
Stoppani expresó que la Municipalidad decidió adherir a la Ley 15165, de emergencia social, económica, productiva y energética de la provincia, y también al Decreto bonaerense 132/2020 que declara "la emergencia sanitaria por el lapso de 180 días prorrogables y a las normas derivadas del mismo". Pero en este caso hay una ampliación con una iniciativa impulsada a nivel local con la suspensión por tiempo indeterminado de actividades municipales y eventos privados que requieran autorización municipal.
En materia de licencias, añadido que accederá a la misma desde ayer y hasta el 31 de este mes, inclusive, a los agentes que sean considerados sujetos de observación por el coronavirus en los casos descriptos por el artículo 7º del Decreto Nº 260/2020 del Gobierno Nacional, siguiendo los lineamientos de la Resolución Nº 3/2020, de la Secretaría de Gestión y Empleo Público, de la Jefatura de gabinete de Ministros de Nación. Mencionó en este caso a aquellos que viajaron al exterior y recorrieron países declarados "de riesgo", quienes tuvieron contacto con ellos y los que deban tener una cuarentena obligatoria. "Si bien estarán de licencia, recibirán su pago y estarán sujeto a controles por parte del personal del Hospital", añadió.
El artículo 4 del Decreto, que convalidó el deliberativo, plantea el otorgamiento de la citada licencia a los empleados municipales comprendidos en alguno de los siguientes ítems:
- Quienes hayan cumplido 65 o más años de edad, o que lo cumplan durante su vigencia.
- Mujeres embarazadas.
- Personas con depresión inmunológica de cualquier origen.
- Personas que padezcan diabetes.
- Personas con insuficiencia renal.
- Personas hipertensas o con patologías cardiovasculares.
- Personas trasplantadas.
- Personas con patologías oncológicas.
- Personas con antecedentes de patología respiratoria crónica o cursando infecciones respiratorias.
Remarcó aquí el titular de Gobierno que la licencia "se otorga a solicitud del agente y previa vista del Comité de Infecciones Respiratorias y las autoridades del Hospital tanto para su personal como para el resto de los agentes de la administración central". Por el momento, subrayó Stoppani, hay nueve casos comprendidos dentro de esta normativa.
También se tuvo en cuenta en el marco de esta pandemia la situación de las guarderías municipales. Hasta fin de mes se suspendió la recepción de los niños en dichos lugares que desarrollan su labor dentro del sistema UDIS.
Se decidió también prorrogar por seis meses la emergencia social a nivel distrital.
Mencionó además el funcionario que hasta el 31 de este mes, independientemente de las licencias que se otorgan, "se evaluará con cada responsable de las distintas áreas municipales, la conveniencia o no de establecer guardias con cantidad de personal reducida. Si se diera esta alternativa, el personal que transitoriamente no concurra será considerado en servicio y no sufrirá menoscabo en sus remuneraciones".
FIESTAS PRIVADAS
El Decreto fija la suspensión hasta fin de este mes de las fiestas privadas alcanzadas por la ordenanza 59/03.
Stoppani habló también, a partir de una inquietud que se le planteara, sobre cómo proceder en el caso de los sepelios. Anticipó que se reunirá con los responsables de la firma privada para evaluar futuras acciones.
En cuanto al funcionamiento de boliches, confiterías y restaurantes, "se debe respetar a rajatabla el factor ocupacional. Es una persona por metro cuadrado con un máximo de 200".

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