Centro de Diagnóstico por imágenes: una obra de magnitud, sin rampa
Se encuentra en su tramo final la construcción del edificio del Centro de Diagnóstico por Imágenes del Hospital Municipal Subzonal «Dr. Felipe A. Fossati», sobre calle 30. Una obra de significación que permitirá que el establecimiento asistencial cuente con prestaciones médicas que son muy requeridas, en especial el uso del tomógrafo, entre otra aparatología que estará disponible en ese ámbito no solamente para los residentes en nuestra ciudad, sino para vecinos de otros puntos de la zona.
Pero dentro de la magnitud de la obra, hay un detalle que ha sido pasado por alto (¿¿…??) y que puede ocasionar complicaciones cuando se ponga en funcionamiento esa dependencia y el tránsito de vehículos y personas se torne intenso.
Si bien se habilitó una dársena para el estacionamiento, a lo largo de la misma hay un cordón, observándose la inexistencia de una rampa de acceso al nuevo edificio que facilite el ingreso directo a aquellas personas que desciendan de los rodados y que deban desplazarse en sillas de ruedas o con la ayuda de andadores. Una rampa en el estacionamiento como la que se encuentra en el acceso al Hospital, por calle 19.
Efectuada la consulta sobre este tema, desde el Municipio se respondió que el ascenso para las situaciones apuntadas deberá realizarse por el sector de guardia, donde se construyó una entrada en la medianera lindante en la dársena de acceso a la guardia del Hospital que comunica al Centro.
A priori aparece como una decisión poco afortunada, ya que el paciente descenderá a varios metros de dicha entrada y se deberá desplazar por la calle (con el riesgo que ello conlleva) para luego poder acceder por la rampa de la guardia y finalmente llegar al interior de dicho Centro. También puede suceder que muchos particulares se desplacen en vehículo hasta dicho sector para hacer más fácil el descenso y dejar su vehículo estacionado por varios minutos en un lugar por donde deben ingresar las ambulancias cuando llegan a la guardia con una emergencia o como se ve en la foto en el lugar donde está la puerta de entrada se encuentre estacionada una ambulancia.
Hoy parece un dato menor ante tamaña edificación. Pero en la práctica puede convertirse en un dolor de cabeza.
Lo que dice la Ley
En referencia a estas cuestiones, el Senado y la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires sancionaron oportunamente las modificaciones al artículo 24 de la Ley 10.592, según modificaciones introducidas por las leyes 12.332, 12.614 y 12.615, en el que en algunos de sus puntos señala:
«Todo edificio de uso público, sea su propiedad pública o privada, existente o a proyectarse en el futuro deberá ser completa y fácilmente accesible a personas con movilidad reducida.
«La accesibilidad al edificio deberá contemplar además la existencia de estacionamientos reservados y señalizados para vehículos que transporten a personas con movilidad reducida, cercanos a accesos al interior del edificio que carezca de barreras arquitectónicas».