Arquitectos hicieron observaciones al proyecto turístico en "La Barrosa"

Arquitectos hicieron observaciones  al proyecto turístico en "La Barrosa"

El proyecto sobre promoción turística "La Barrosa" divide las aguas. En el Concejo Deliberante se discute la iniciativa enviada por el Ejecutivo que propone la sanción de una Ordenanza que impulsa el desarrollo de conjuntos inmobiliarios basados en la promoción turística de la sierra "La Barrosa" e inmediaciones.

Su contenido no es compartido por la oposición, que elaboró otro proyecto de Ordenanza propiciando la creación de una Reserva Municipal en el mencionado lugar.

Integrantes de la Delegación Balcarce del Distrito IX del Colegio de Arquitectos bonaerense concurrieron al deliberativo. Escucharon las posturas de los concejales además de tomar contacto con el proyecto oficial en debate.

Fuera de ese ámbito, los arquitectos desmenuzaron el contenido de la propuesta, la estudiaron y luego volcaron en un escrito una serie de observaciones en tres aspectos esenciales que ahora están en poder de los ediles.

Los puntos salientes de la nota son los siguientes:

- Donación de tierra pública para un conjunto inmobiliario con fines turísticos en sierra

"La Barrosa".

"El proyecto de Ordenanza tiene por objeto promover la creación de un conjunto inmobiliario en tierras de dominio público municipal en sierra La Barrosa, linderas al autódromo Fangio. De acuerdo al artículo 14 del proyecto, las parcelas que surjan de la subdivisión en propiedad horizontal de las tierras aportadas por el Municipio, se destinarán al emplazamiento de "Industrias turísticas sostenibles".

"¿De qué manera? El Municipio donaría las parcelas (en forma gratuita) a emprendimientos privados, bajo ciertas condiciones o 'cargos', que están establecidos en el art. 15 del proyecto, a saber: 1) La ejecución de obras de infraestructura que requiera el conjunto inmobiliario, 2) Realización de estudios de impacto ambiental, 3) Perfectibilidad hidráulica necesaria para la constitución del conjunto inmobiliario, 4) Ejecución de la obra hidráulica exigida por las autoridades provinciales, 5) Obras que requiera la remodelación del autódromo, 6) Servicios esenciales para el desarrollo de las explotaciones turísticas a emplazarse, 7) Otras prestaciones que al momento de la suscripción la Municipalidad requiera y el beneficiario acepte. Nótese que los puntos 1, 2, 3, 4 describen como 'cargo' a una serie de obligaciones urbanísticas que todo desarrollador inmobiliario tiene a su cargo. El punto 6 describe como 'cargo' a los servicios que necesita asumir todo emprendimiento privado para la explotación de un negocio. El punto 7, al hablar de 'otras prestaciones', resulta tan impreciso que no permite evaluar la proporcionalidad del cargo impuesto, frente al beneficio obtenido por los privados que recibirán como donación tierra pública. De todos los 'cargos' enumerados, el único que tiene esa condición es el enunciado en el punto 5, referido a las obras que requieran la remodelación del autódromo. No obstante ello, la indeterminación de qué obras se requieren para la remodelación y su costo, en base a un proyecto concreto de remodelación del autódromo, impide evaluar la proporcionalidad de este cargo en relación al beneficio obtenido por los privados que recibirán como donación tierra pública".

- La protección del

paisaje natural.

"El proyecto prevé que los emprendimientos privados que se radiquen en el conjunto inmobiliario tengan por actividad principal a la producción de bienes y servicios destinados a la demanda turística y actividades deportivas. En este orden de cosas, aunque la actividad turística no suponga una variación en los usos admitidos por las normas de zonificación del sector donde se emplaza el proyecto, la intensidad de este uso y su modalidad, a través de la instalación de un conjunto inmobiliario, debería ser objeto de un estudio de impacto ambiental previo, a fin de asegurar su compatibilidad con la protección del paisaje natural conforme a los lineamientos de la Ley Integral del Medio Ambiente y los Recursos Naturales 11.723, cuyo art. 5 Inciso b), establece: "Todo emprendimiento que implique acciones u obras que sean susceptibles de producir efectos negativos sobre el ambiente y/o sus elementos debe contar con una evaluación de impacto ambiental previa".

"En contraposición a ello, el artículo 4 del proyecto se limita a declarar las tierras donde se prevé construir el conjunto inmobiliario como "zona protegida" sin evaluar previamente el impacto de este proyecto sobre el medio ambiente.

"En rigor, la declaración de "zona protegida" consiste en: 1) la elaboración de un plan de manejo por parte del Ejecutivo Municipal, en forma posterior a la afectación de las tierras municipales para la construcción de un conjunto inmobiliario (art. 7); 2) el aprovechamiento y rehabilitación de caminos, senderos y cañadas "sobre principios básicos de desarrollo sostenible y preservación del paisaje escénico, de acuerdo a las posibilidades técnicas y operativas que demanden dichas tareas de acondicionamiento" (art. 6), y 3) la elaboración de un código de construcción basado en pautas de sustentabilidad ambiental (art. 11), siendo este último requisito un aspecto muy positivo del proyecto, pese a que su concreción no necesita estar condicionada al desarrollo de un conjunto inmobiliario".

- La legitimación social del proyecto.

"Balcarce fue declarada la capital provincial de la escalada en roca por la Ley Provincial 14.868. De acuerdo a los fundamentos de esta norma, dentro del conjunto serrano, la sierra La Barrosa 'es la única con una parte perteneciente al municipio, por lo cual es la única con acceso público'.

"Visitada por escaladores locales y extranjeros, esta sierra tiene desarrolladas en sus áreas públicas, más de 500 vías de la modalidad escalada en bloque o Boulder además de algunas vías tradicionales…A su vez, la sierra es utilizada como un espacio recreativo de acceso libre y gratuito por la comunidad en general. En función de ello, y considerando que el actual contexto de pandemia ha producido una revalorización de los paisajes naturales como espacios abiertos de uso público, casi 5.000 personas se han expresado en contra del avance de este proyecto, considerándolo una forma de privatización del espacio público, en una petición dirigida al Municipio de Balcarce".

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Alfredo Rosario Marcovecchio (q.e.p.d.).

Falleció en Balcarce el 30 de julio de 2025 c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demas deudos participan su fallecimiento. Sus restos son velados para luego ser inhumados en el Cementerio Municipal, previo oficio religioso en sala velatoria, hoy jueves a las 11. Casa de duelo: calle 18 N° 1252. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada, calle 15 Nº 519 entre 14 y 16, teléfono 42-2404.

Ana Maria Damborearena de Alvarez «MARUCA» (q.e.p.d.).

Falleció en Balcarce el 27 de julio de 2025, c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demás deudos participan su fallecimiento. Sus restos son velados para luego ser inhumados en el Cementerio Municipal, previo oficio religioso en sala velatoria, hoy lunes a las 17. Casa de duelo: calle 39 Nº 472. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada.

HIPOLITO LOPEZ DE ARMENTIA (q.e.p.d.).

Falleció en Balcarce el 27 de julio de 2025, c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demás deudos participan su fallecimiento. Sus restos son velados para luego ser inhumados en el Cementerio Municipal, previo oficio religioso en sala velatoria, hoy lunes a las 11. Casa de duelo: Av. Gonzales Chaves Nº 512. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada.

GALEANO TIBURCIO EULOGIO (q.e.p.d.).

Falleció en Balcarce el 27 de julio de 2025, c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demás deudos participan su fallecimiento. Sus restos son velados para luego ser inhumados en el cementerio Municipal, previo oficio religioso en sala velatoria, hoy lunes a las 15. Casa de duelo: calle 17 Nº 28. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada, calle 15 Nº 519 entre 14 y 16, teléfono 42-2404.

Clara Liliana Veliz (q.e.p.d.).

Falleció en Balcarce el 24 de julio de 2025, c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demás deudos participan su fallecimiento. Sus restos son velados para luego ser inhumados en el cementerio Privado Parque de la Sierra hoy viernes a las 9:00, previo oficio religioso en sala velatoria. Casa de duelo: calle 20 N°1191. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada, calle 15 Nº 519 entre 14 y 16, teléfono 42-2404.

Abel Horacio de Esteban (q.e.p.d.).

Falleció en Balcarce el 24 de julio de 2025, c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demás deudos participan su fallecimiento. Sus restos fueron velados para ser inhumados en el Cementerio Municipal ayer jueves a las 17, previo oficio religioso en sala velatoria. Casa de duelo: calle 12 N° 928. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada, calle 15 Nº 519 entre 14 y 16, teléfono 42-2404.

Norma Alicia Garcia (q.e.p.d.).

Falleció en Balcarce el 21 de julio de 2025 c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demas deudos participan su fallecimiento. Sus restos fueron velados para luego ser trasladados al Crematorio Privado de Miramar el lunes 21 a las 17. Casa de duelo: calle 59 bis entre 26 y 28 N° 852. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada.

Diego Marcelo Tevez (q.e.p.d.).

Falleció en Balcarce el 15 de julio de 2025 c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demas deudos participan su fallecimiento. Sus restos son velados para luego ser inhumados en el Cementerio Municipal, previo oficio religioso en sala velatoria, hoy miércoles a las 10. Casa de duelo: calle 12 N° 248. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada.

Jose Enrique Aguayo (q.e.p.d.).

Falleció en Mar del Plata el 15 de julio de 2025 c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demas deudos participan su fallecimiento. Sus restos son velados para luego ser inhumados en el Cementerio Municipal, previo oficio religioso en sala velatoria, hoy miércoles a las 15. Casa de duelo: calle 32 entre 11 y 13 N° 457. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada.

Sofía Del Carmen Barra (q.e.p.d.).

Falleció en Balcarce el 15 de julio de 2025 c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demas deudos participan su fallecimiento. Sus restos son velados para luego ser inhumados en el Cementerio Privado Parque de la Sierra, previo oficio religioso en sala velatoria, hoy miércoles a las 11. Casa de duelo: calle 9 N° 331. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada, calle 15 Nº 519 entre 14 y 16, teléfono 42-2404.