El Municipio planifica superar los 300 terrenos entregados para fin de año
La Dirección de Regularización Dominial de la Municipalidad de Balcarce abre hoy la inscripción, por el término de 15 días, para la venta por sorteo de cuatro lotes para primera y única vivienda en la localidad de San Agustín. El Diario dialogó con el concejal de Juntos por el Cambio, Gonzalo Scioli, a una semana de iniciarse la inscripción, para conocer detalles sobre el sorteo, cantidad de consultas, requisitos para la inscripción, precio de lotes, entre otros.
«Hasta ahora hemos recibido muchas consultas para la inscripción al sorteo, pero aún no hay inscriptos. Generalmente, tanto cuando vamos a Napaloefú, Los Pinos o San Agustín la gente se inscribe cuando viajamos a la delegación, ahí es donde se produce la mayor cantidad de consultas e inscripciones. Por lo general la gente, al principio del plazo consulta y luego va trayendo la documentación y se va anotando con el correr de los días», expresó Scioli.
TERRENOS ENTREGADOS HASTA EL MOMENTO
Con respecto a la cantidad de terrenos entregados hasta el momento por el Municipio, Scioli precisó que «estamos llegando a los 250 terrenos para la primera y única vivienda. Nuestro objetivo este año es pasar los 300 o por lo menos llegar a ese número. Estamos planificando la venta de lotes para Balcarce de alrededor de 20 terrenos para los próximos meses y así continuar por etapas a medida que vamos obteniendo todas las actualizaciones de Provincia para hacerlo», indicó el concejal. «Estamos contentos porque solo el año pasado pusimos en venta para vivienda alrededor de 135 terrenos, la gente siempre se anotó y participó así que sigamos por el mismo camino», agregó.
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LOTES EN SAN AGUSTÍN
Se podrán inscribir como aspirantes aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos: Tener entre 18 y 64 años de edad, que tenga o no grupo familiar. Ser argentino/a natural o por opción, o extranjero con residencia permanente. Contar con Documento Nacional de Identidad vigente. Familias con ingresos formales entre 2 ( $312.000,00) y 8 ($1.248.000,00) SMVM (Salario Mínimo Vital y Móvil ). No tener inmuebles registrados a nombre del o la solicitante o cualquier miembro de su grupo familiar dependiente del mismo (cónyuge y/o convivientes e hijos a cargo), ni como propietarios/as ni como copropietarios/as. Antigüedad mínima laboral de 12 meses (Deberá presentar documentación que así lo acredite).
Ninguno de los solicitantes y/o integrantes del grupo familiar deben haber sido adjudicatarios de viviendas o terrenos financiados por el Estado. Acreditar domicilio en la localidad de San Agustín de dos años, como mínimo, a la fecha de inscripción en el registro de aspirantes. Cada aspirante podrá adquirir un único inmueble. Se podrá participar del sorteo, a pesar de no poder acreditar la antigüedad requerida o la relación laboral registrada. En este caso se deberá abonar el valor del lote en un solo pago. La totalidad de los inscriptos como aspirantes serán elevados al Concejo Deliberante para la evaluación y convalidación del listado que será objeto de un sorteo público.
CÓMO SE OTORGAN LOS LOTES
Se hará mediante un sorteo público entre todos los aspirantes que cumplan los requisitos nombrados por la Ordenanza Nro. 249/23. Previamente el Concejo Deliberante aprobará el listado de aspirantes para participar en el sorteo. En caso de existir un número de inscriptos que supera la cantidad de cuatro personas, el sorteo determinará la posibilidad de adjudicar a los titulares y quedarán cuatro personas inscriptas en el carácter de suplentes en orden correlativo.
PRECIO Y FORMAS DE PAGO
El valor de los mismos es de $10.000,00 el Mts.2. Por lo que teniendo en cuenta la superficie de los lotes que se venderán, los mismos rondan entre $3.360.000,00 a $5.000.000,00.
La persona inscripta beneficiaria de un lote deberá efectivizar la entrega, en concepto de pago parcial del precio de venta, dentro de los 15 días posteriores a la firma del contrato de compraventa, la suma de pesos equivalente al 50 % del valor del lote más el porcentual correspondiente a los gastos administrativos comunales, pudiendo optar por un porcentaje mayor como parcial o por el total del precio pactado. El pago del saldo restante (50%) podrá abonarlo hasta en 12 cuotas mensuales y consecutivas con el interés determinado por el Departamento Ejecutivo.
En cuanto a la forma de pago total, la persona inscripta beneficiaria de un lote que no cumpla con los requisitos establecidos en art. 8 de la Ordenanza N° 249/23, deberá efectivizar la entrega en concepto de pago total del precio de venta, dentro de los 15 días posteriores a la firma del contrato de compraventa, la suma de pesos equivalente al 100% del valor de compra de su lote correspondiente, más el porcentual correspondiente a los gastos administrativos comunales.
DESTINO DE LOS LOTES
La persona inscripta deberá destinar la compra del lote para construir su vivienda propia y única de ocupación permanente. Con respecto a la construcción, la persona inscripta deberá construir su vivienda, en el lote a adquirir, dentro de un plazo máximo de 5 años contados desde la firma del contrato de compraventa, bajo expresa condición de resolverse el convenio en caso de incumplimiento.
Por último, en relación a la vivienda única familiar, la persona inscripta, su cónyuge o con quién integre unión convivencial, o sus demás integrantes de su grupo familiar, solamente podrán adquirir 1 lote. En caso de prohibición de enajenación, cesión y/o locación, los aspirantes deberán obligarse en el boleto respectivo, a no ceder ni a celebrar contrato de venta y/o locación sobre el inmueble hasta luego de transcurrido 5 años contados a partir de la fecha de escrituración, bajo condición de resolverse la adjudicación correspondiente ya sea la misma a título gratuito u oneroso.