Un juez federal declaró nulo el veto de Milei a la ley de emergencia en discapacidad y sienta un precedente
La Justicia Federal salió al cruce de la intervención del Gobierno Nacional en la decisiones legislativas y declaró la invalidez del veto presidencial a la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad. El fallo, dictado por el Juzgado Federal de Campana, responde a una acción de amparo y, si bien sus efectos se limitan al caso particular, establece un importante precedente judicial.
En el fallo, el juez Adrián González Charvay aseguró que “el derecho a la salud, educación y rehabilitación de niños con discapacidad debe prevalecer frente a restricciones presupuestarias”.
La decisión judicial declaró específicamente la invalidez del Artículo Nº3 del Decreto 534/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo vetó por completo la Ley 27.793. Es importante aclarar que el fallo aplica únicamente al caso concreto de los demandantes y no tiene alcance general.
La resolución judicial responde a una demanda iniciada por dos personas contra el Estado Nacional y tiene efectos directos sobre las prestaciones que reciben dos menores de edad involucrados en la causa.
Puntualmente, el fallo ordena que se comunique a la obra social de dos menores (B.N. e Y.N.) para que adecúe sus prestaciones de acuerdo a lo que establecía la ley de emergencia, ahora restituida para ellos. El juez impuso que los costos del proceso judicial queden a cargo del Estado Nacional.
Aunque el Gobierno puede apelar la medida, este fallo representa la primera resolución judicial que anula los efectos del veto presidencial en materia de discapacidad y abre la puerta a que se presenten recursos de amparo similares en otros juzgados del país. (DIB) ACR