Habilitaron el pago de propinas con los medios electrónicos

Habilitaron el pago de propinas con los medios electrónicos

El Gobierno habilitó este miércoles la posibilidad de pagar propinas a través de medios electrónicos. Lo hizo a través del Decreto 731/2024, publicado en la última edición del Boletín Oficial, y la medida entrará en vigencia dentro de 90 días.

El primer punto del documento establece un cambio en el artículo 113 de la Ley N° 20.744, e indica que “cuando el trabajador, con motivo del trabajo que preste, tuviese oportunidad de obtener beneficios o ganancias en concepto de propinas o recompensas, no serán considerados parte de la remuneración”.

El siguiente apartado, en tanto, especifica que “los comercios y/o establecimientos de los sectores gastronómicos, hoteleros y afines, expendedores de combustible, entregas a domicilio y demás actividades en cuyas relaciones de consumo sea costumbre otorgar o recibir propinas, deberán tener disponible la opción de su recepción para los trabajadores a través de medios electrónicos”.

“El ofrecimiento deberá garantizar la libertad del consumidor respecto de la modalidad de entrega y la cuantía que voluntariamente éste defina”, aclara ese artículo 2°, que también informa que “el Ministerio de Economía, a través de la autoridad competente, podrá eximir a ciertas actividades comerciales, por las características propias de cada una de ellas, de la obligatoriedad de ofrecer a los consumidores la mencionada modalidad de pago, pudiendo también incluir nuevas actividades”.

El artículo 3°, por su parte, define que “en ningún caso las propinas serán consideradas como un pago por servicios realizado por el empleador, incluso cuando este actuara como intermediario de las operaciones, por lo que no le generarán ninguna obligación adicional a la transferencia de la propina a su destinatario”.

Luego, la normativa aclara que “las propinas otorgadas por medios físicos y/o digitales serán consideradas como una liberalidad proporcionada directamente a los trabajadores, independientemente de la modalidad de recaudación de los pagos” y que, en consecuencia, “no podrán ser utilizadas como base para ajustar o modificar el salario básico ni las condiciones laborales establecidas por el empleador”.

También se deja en claro que “el importe en concepto de propinas o recompensas que perciba el trabajador no estará sujeto a ningún tipo de retención o percepción” y que “los adquirentes y/o agregadores que ofrezcan servicios de cobro a comercios y/o establecimientos previstos en el artículo 2° del presente decreto deberán facilitar a sus clientes la opción de recepción de pago con propina que permita a los consumidores añadir a la cuenta un monto y/o un porcentaje destinado a la gratificación por el servicio, no pudiendo cobrar un arancel adicional por proveer esta facilidad”.

En esa misma dirección, el decreto fija que la acreditación del dinero “podrá ser directa al trabajador que reciba la gratificación o a una cuenta recaudadora especial del establecimiento con este objeto exclusivo” y que los comercios deberán poner a disposición de cada empleado los montos correspondientes a “propinas, de forma digital o física, dentro de las 24 horas siguientes a su acreditación, no pudiendo realizar descuentos o deducciones de ningún tipo”. (DIB)

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Edición 15 de enero de 2026

Nº 7406

Anuario 2024

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Necrológicas

Diego Gustavo Sanchez (q.e.p.d.).

Falleció en Balcarce el 16 de diciembre de 2025 c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demas deudos participan su fallecimiento. Sus restos son velados para luego ser trasladados a la ciudad de Miramar donde serán cremados en el Crematorio Privado el jueves 18 a las 9. Casa de duelo: calle 46 Nº 1162. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada, calle 15 Nº 519 entre 14 y 16, teléfono 42-2404.

Mario Juan Aguilar (EL NEGRO) (q.e.p.d.).

Falleció en Balcarce el 16 de diciembre de 2025 c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demas deudos participan su fallecimiento. Sus restos son velados para luego velados en el Cementerio Municipal, previo oficio religioso en sala velatoria, el martes 16 a las 19. Casa de duelo: calle 22 Nº 109. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada, calle 15 Nº 519 entre 14 y 16, teléfono 42-2404.

Margarita Garcia vda de Perez ( NEGRA )

(q.e.p.d.). Falleció en Balcarce el 3 de noviembre de 2025 c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demas deudos participan su fallecimiento. Sus restos fueron velados e inhumados en el Cementerio Municipal, previo oficio religioso en sala velatoria, el martes 4 a las 16.30. Casa de duelo: calle 108 Nº 500. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada.

Dora Felisa Madrid (q.e.p.d.).

Falleció en Balcarce el 4 de noviembre de 2025 c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demas deudos participan su fallecimiento. Sus restos son velados paraluego ser inhumados en el Cementerio Municipal, previo oficio religioso en sala velatoria, el miércoles 5 a las 11. Casa de duelo: calle 13 Nº 717. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada.

Maxima Rivero (q.e.p.d.).

Falleció en Balcarce el 4 de noviembre de 2025 c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demas deudos participan su fallecimiento. Sus restos fueron velados e inhumados en el Cementerio Municipal, previo oficio religioso en sala velatoria, el martes 4 a las 17.30. Casa de duelo: calle 33 Nº 373. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada, calle 15 Nº 519 entre 14 y 16, teléfono 42-2404.

Mirta Elisa Lopez, (q.e.p.d.).

Falleció en Balcarce el 3 de noviembre de 2025 c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demas deudos participan su fallecimiento. Sus restos serán velados para posteriormente ser trasladados hacia la ciudad de Miramar donde serán cremados en día y horario a confirmar. Casa de duelo: calle 26 Nº 426. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada, calle 15 Nº 519 entre 14 y 16, teléfono 42-2404.

Francisca Juliana Ledesma (q.e.p.d.).

Falleció en Balcarce el 3 de noviembre de 2025 c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demas deudos participan su fallecimiento. Sus restos son velados para luego ser inhumados en el Cementerio Municipal, previo oficio religioso en sala velatoria, el martes 4 a las 11. Casa de duelo: Barrio Alborada Nº 93. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada.

Herrera Domingo Ignacio (MINGO) (q.e.p.d.).

Falleció en Balcarce el 3 de noviembre de 2025 c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demas deudos participan su fallecimiento. Sus restos fueron velados e inhumados en el Cementerio Privado Parque de la Sierra, previo oficio religioso en sala velatoria, el lunes a las 15.30. Casa de duelo: Barrio calle 3 Nº 280. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada.

Obdulia Carmen Nocera (q.e.p.d.).

Falleció en Balcarce el 30 de octubre de 2025 c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demas deudos participan su fallecimiento. Sus restos son velados para luego ser inhumados en el Cementerio Municipal, previo oficio religioso en sala velatoria, el viernes 31 a las 11. Casa de duelo: calle 22 Nº 861. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada.

Nieves Iturricastillo (q.e.p.d.).

Falleció en Balcarce el 30 de octubre de 2025 c.a.s.r. y b.p. Familiares, amigos y demas deudos participan su fallecimiento. Sus restos fueron velados e inhumados en el Cementerio Privado Parque de la Sierra, previo oficio religioso en sala velatoria, el jueves 30 a las 15.30. Casa de duelo: calle 25 Nº 225. Servicios de Sepelios de la Cooperativa de Electricidad «General Balcarce» Limitada, calle 15 Nº 519 entre 14 y 16, teléfono 42-2404.