Luz: las cooperativas podrán seguir cobrando tasas municipales en las facturas de los servicios
El Gobierno de Javier Milei prohibió el cobro de tasas municipales en servicios públicos, una medida que hizo escalar la tensión de la administración nacional con los intendentes, quienes advierten que se trata de un mecanismo para «ahogar» a los municipios. Sin embargo, desde el Organismo de Control de la Energía bonaerense (OCEBA) se dejó en claro que en la provincia de Buenos Aires, al menos en una parte de ella, las empresas distribuidoras están habilitadas a incluir conceptos ajenos al de electricidad en las liquidaciones mensuales.
En principio se aduce que una resolución de una secretaría nacional no puede ir por encima de una ley provincial. Y eso es lo que marcan en la gestión de Axel Kicillof para asegurar que, al menos, las prestadoras y cooperativas del interior bonaerense van a poder seguir cobrando esos «plus» que aparecen en la boleta. Los que no podrían seguir adelante son los intendentes del conurbano, que ya elevaron sus reclamos.
La resolución nacional 267/2024 publicada el miércoles en el Boletín Oficial restringe la posibilidad de aplicar recargos en las liquidaciones que envían las empresas de servicio a sus clientes. Y el objetivo, según dijo el ministro de Economía Luis Caputo, es que «las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor».
Así, quedan afuera conceptos como pueden ser la tasa de alumbrado público, de seguridad e higiene o alguna relacionada con los bomberos que aparecen en las boletas y sirven para inversiones locales. No obstante, el Oceba aclaró ahora que la resolución 267 no puede primar sobre la Ley provincial 11.769, que regula la inclusión de conceptos ajenos en las facturas.
Es decir, Nación podría regular aspectos reglamentarios a las empresas que tienen concesión nacional como Edenor y Edesur. Y ahí sí impactaría en la caja de los intendentes del conurbano. Pero no sobre el interior, donde quien tiene injerencia es la Provincia. A través del Oceba regula los contratos con las compañías Eden (norte bonaerense); Edes (sur); Edea (municipios de la costa y Mar del Plata) y Edelap (Capital bonaerense y la región). Y a eso se suman las más de 200 cooperativas eléctricas que operan en el interior bonaerense.
Cabe destacar que en electricidad, la ley 10.740 de la provincia de Buenos Aires, sancionada en 1991, habilita a los municipios a convenir con las distribuidoras la percepción de la tasa de alumbrado en las facturas de luz. «Sin dejar de considerar que la norma nacional pretende avasallar competencias provinciales propias de esta jurisdicción, corresponde indicar que el régimen provincial contempla expresamente la regulación en los conceptos ajenos, sin que ello vulnere los principios de la Ley de Defensa del Consumidor», lanzó el Oceba en un comunicado.
¿QUÉ PASA EN BALCARCE?
En relación a las tasas municipales y los cobros en las facturas de los servicios, fuentes del Municipio, señalaron que «Balcarce no infringe ninguna cuestión estipulada por el gobierno nacional». Según se especificó en la factura de luz sólo se cobra el alumbrado y el mantenimiento, amparado por la Ley Provincial y catalogado como «servicio afín», mientras que en factura de Aguas de la Ciudad el Servicio Urbano «pero al ser un servicio municipalizado, no se infringe ninguna directiva del gobierno nacional». Por otra parte recalcaron que «es una cuestión que se debe estudiar ciudad por ciudad y boleta por boleta».