Directivos de Cooperativa de Electricidad anunciaron un beneficio para instituciones

Directivos de Cooperativa de Electricidad  anunciaron un beneficio para instituciones

Mediante una resolución oficial se aprobó un nuevo cuadro tarifario para entidades sin fines de lucro y clubes de barrio que rige para toda la Provincia.

En Balcarce, el anuncio fue dado a conocer por el Presidente de la Cooperativa de Electricidad, Jorge Guzmán y el gerente comercial Carlos Botale en una reunión a la que fueron invitados directivos de todas las entidades que se verían incluidas en dicho beneficio.

En la oportunidad se informó sobre beneficios y requisitos para acceder a reducciones en los incrementos tarifarios que serán aplicados en las futuras facturaciones.

Según se destacó, las asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persigan fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan se verían alcanzadas por esta ayuda. Del mismo modo se incluirían iglesias de todos los credos, entidades deportivas y ONG de diversas funciones.

De acuerdo a lo informado, a través de un comunicado, el Organismo de Control de la Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (OCEBA) informó que mediante la resolución N°419/17 del ministerio de Infraestructura se aprobó el proceso de revisión tarifaria por la que a partir de ahora las entidades de bien público sin fines de lucro quedarán incorporadas en la categoría tarifaria T1 "Pequeñas Demandas", aunque sin que se aclare cuál es la potencia límite de consumo que corresponde a esa categoría.

La ley nacional 27.218 -a la que adhirió la Provincia- estableció un Régimen Tarifario Específico de servicios públicos para estas entidades, fijando las condiciones para la aplicación de dicha categoría tarifaria, sus beneficiarios y alcances.

En ese marco, ahora desde el OCEBA se dictó una resolución para implementar la categoría de "Servicios General Entidades de Bien Público (T1GEBP)", que estará integrada por las asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persigan fines de lucro en forma directa o indirecta.

Además, se aclara que "se incluirán las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan".

A su vez, se incorporará a los clubes de barrio "en tanto se encuentren constituidos como asociaciones sin fines de lucro, con domicilio legal en territorio bonaerense, posean personería jurídica, acrediten una antigüedad de tres años desde su constitución formal, posean una cantidad mínima de cincuenta (50) socios y una máxima de dos mil (2000), posean registro de conformidad a la normativa vigente y se encuentren encuadrados en la categoría T1 "Pequeñas Demandas".

Según se aclaró, las entidades "deberán contar con inscripción en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y/o estar registradas como tales ante el Organismo habilitado a nivel provincial o municipal de cada jurisdicción".

Para acceder al beneficio "deberán presentarse ante el distribuidor (en este caso la Cooperativa de Electricidad Gral. Balcarce), con la constancia de inscripción en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y/o copia certificada de inscripción o registro en los organismos correspondientes a su actividad, habilitados a nivel provincial o municipal", se aclaró desde OCEBA.

Una vez completado ese trámite, "las distribuidoras de energía eléctrica bonaerenses deberán encasillar sin más trámite en la categoría tarifaria T1 "Pequeñas Demandas" a las Entidades de Bien Público inscriptas y registradas, que no excedan la potencia límite de dicha categoría".

Como muchas instituciones están "flojas de papeles", les otorgarán un plazo para acceder al beneficio mientras se ponen al día con los trámites. En tal sentido, se estableció que "las entidades que no cuenten con constancia de inscripción y/o registro o se encuentren con el trámite pendiente de resolución, se les otorgará provisoriamente, por el término de 6 meses con una prórroga por 6 meses más".

También se determinó que "la falta de presentación de constancia de inscripción en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y/o la de registro provincial y/o municipal, habilitará al Distribuidor a excluir a la Entidad de Bien Público del Régimen Tarifario Específico".

No obstante, se aclaró que el ente regulador "en situaciones particulares", podrá determinar la inclusión o exclusión en el nuevo régimen de ciertas instituciones, "con la correspondiente justificación en cada caso".